miércoles, 17 de mayo de 2017

El Constitucional avala que no se pague la plusvalía si la venta del inmueble ha dado pérdidas


Gran noticia para los parleños la anulación del pago del impuesto municipal de la plusvalía en caso de vender el inmueble con pérdidas, porque precisamente Parla es uno de esos lugares donde la gran mayoría de las viviendas construídas y/o adquiridas en la época de la burbuja inmobiliaria registra enormes pérdidas de valor de mercado ante su gran devaluación actual.



El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido un fallo por el que anula el pago del impuesto municipal sobre plusvalías en toda España si la venta del activo inmobiliario conlleva pérdidas económicas para el vendedor: considera que no se puede imponer un tributo cuando no se ha producido una ganancia económica. Para el TC, el impuesto no puede en ningún caso gravar actos o hechos que "no sean exponentes de una riqueza real".


En el fallo (ver. PDF) hecho público este miércoles, el Tribunal señala que el impuesto impuesto sobre las plusvalías municipales -tal y como está diseñado ahora- vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, "sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo computable entre 1 (mínimo) y 20 años (máximo)".


El TC destaca que el solo hecho de haber sido titular de un terreno de naturaleza urbana durante un determinado periodo temporal implica necesariamente el pago del impuesto, incluso cuando no se ha producido un incremento del valor del bien o cuando haya registrado pérdidas. Esta circunstancia, según el tribunal, impide al ciudadano cumplir con su obligación de contribuir "de acuerdo con su capacidad económica".


Se tendrá que reformar el impuesto municipal


El pasado mes de febrero el TC ya había anulado parcialmente el impuesto municipal sobre plusvalías de Guipúzcoa y Álava, por lo que se esperaba un fallo en este sentido.

La sentencia obligará a reformar este impuesto local, técnicamente denominado Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en toda España. De hecho, el Constitucional señala en su sentencia que corresponde al legislador llevar a cabo "las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto" que hagan que no se pague si no hay "incrementos de valor".

Fuentes del Ministerio de Hacienda y Función Pública han confirmado que se está estudiando la sentencia y que se está preparando el cambio normativo necesario.

El impuesto de plusvalías es una fuente importante de financiación para los ayuntamientos. Según datos facilitados por el Ministerio de Hacienda y Función Pública el pasado mes de febrero, en el año 2015 se recaudaron 2.677 millones de euros por este concepto en todo el país.

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